Asesoramiento jurídico integral
Prestamos servicios en asesoramiento jurídico-laboral a cualquier empresa, teniendo como finalidad básica la ayuda a nuestros clientes y el cumplimiento de la normativa laboral y de Seguridad Social vigentes en cada momento.
Nuestra experiencia en la prestación de servicios jurídicos a empresas nos permite asesorar de forma eficaz y certera a nuestros clientes. El objetivo es que puedan adoptar decisiones en el marco laboral minimizando riesgos y optimizando, en todo momento, los medios humanos disponibles en cada una de las cuestiones que en el día a día puedan surgir en su empresa.
La asignación de profesionales del despacho a cada uno de nuestros clientes permite una gestión mucho más ágil y eficaz de los problemas que puedan surgir, aplicando una metodología conjunta en la resolución de cualquier incidencia.
Servicios asesoramiento jurídico-laboral
- Contratación laboral y pactos contractuales
- Sistemas de retribución y compensación (incentivos, retribución flexible, participación en beneficios)
- Seguridad Social (cotización, beneficios sociales, bonificaciones)
- Acción protectora de la Seguridad Social
- Previsión Social complementaria
- Flexibilidad interna (movilidad geográfica y modificación sustancial de condiciones de trabajo)
- Conciliación familiar
- Planes de igualdad y formación sobre ellos
- Suspensión y extinción de Relaciones Laborales
- Prevención de Riesgos Laborales
- Asesoramiento en materia de contratas y prestación de servicios con terceros y empresas de trabajo temporal
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto son los honorarios de un abogado?
Nuestros honorarios están fijados en función de la complejidad del procedimiento, por lo que siempre se adaptan los importes en cada caso, a las necesidades del cliente.
¿Qué debo hacer si he recibido una notificación del juzgado?
En cualquier procedimiento legal, cumplir con los plazos puede suponer una victoria o una derrota en tus intereses. En la mayoría de las notificaciones que se reciben, se indica al destinatario el plazo que se le otorga para o bien, personarse o bien, para dar contestación al escrito. Por eso, y para no desencadenar en problemas mayores, es recomendable que tan pronto recibas el escrito, te pongas en contacto con tu abogado. Tu abogado podrá asesorarte sobre qué hacer en cada caso, velando por tus intereses y evitándote desagradables sorpresas.
¿Qué hacer si tengo clientes que no me pagan?
Ante casos de impagos, lo primero es recurrir a la vía extrajudicial a través de una reclamación amistosa. Se trata de un escrito formal en el que se informa del impago al deudor y se le otorga de un plazo máximo para que salde sus deudas, avisándole de que si no lo efectúa, se recurrirá a la vía judicial.
Si una vez pasado el plazo otorgado, la deuda continuase, lo más habitual es optar por un procedimiento judicial monitorio.
¿Qué me interesa más ser autónomo o sociedad?
Te indicamos las diferencias entre una y otra modalidad:
Autónomo
- No se requiere un proceso previo de constitución.
- Se trata del modo más económico y rápido para dar de alta un nuevo negocio.
- El autónomo tendrá el control total de su empresa, así como la responsabilidad de su gestión.
- Puedes beneficiarte de la tarifa plana de Autónomos. Con lo que solo te costará 60 euros al mes durante el primer año estar dado de alta en este régimen.
- Hay que tener en cuenta que siendo autónomo no existe diferencia entre el patrimonio empresarial y el personal, por lo que en caso de deudas, se responderá con tus bienes para el pago a terceros. De hecho, si el autónomo está casado en régimen de gananciales, incluso puede verse afectado el patrimonio del cónyuge.
- Como autónomo, no se podrá contratar a familiares de hasta segundo grado de consanguinidad. Estos parientes también deberán darse de alta como autónomos para trabajar en tu empresa.
- Si los beneficios del negocio son muy altos, el autónomo puede llegar a pagar a Hacienda hasta el 45% de sus ingresos.
Sociedad Limitada
- Es la fórmula jurídica necesaria si dos o más personas quieren asociarse para montar un negocio en común. No obstante, también existe la posibilidad de montar una SL unipersonal en la que todo el capital social lo tenga un único socio.
- Si para montar tu proyecto de empresa es necesario múltiples inversiones, la SL puede ser una idea acertada, ya que en muchos casos para recibir préstamos o subvenciones por parte de entidades bancarias y administraciones públicas se nos va exigir esta modalidad. Del mismo modo, nos pasará con la mayoría de los concursos de licitación.
- A diferencia de los autónomos, si la empresa genera importantes beneficios, siendo una SL sólo se pagará a Hacienda el 25% de los ingresos.
- Con la constitución de una sociedad se protege el patrimonio personal ante posibles situaciones de insolvencia.
¿Quién está obligado a cumplir con la Ley Orgánica de Protección de Datos?
Está obligado a cumplir con la LOPD o, protección de datos, cualquier profesional o empresa pública o privada que tenga datos de carácter personal (nombre, apellidos, DNI, teléfono, email, formación, titulación, etc.) de clientes, socios, personal, etc.
¿Qué pasos hay que realizar para constituir una sociedad limitada?
Al igual que el alta de autónomos, la constitución de una sociedad implica una serie de trámites en la Administraciones Públicas, que si no se dispone de tiempo, pueden suponer un trabajo bastante engorroso, escrituras de constitución, certificado de denominación social, impuestos, N.I.F., registro y las respectivas altas en Hacienda y la Seguridad Social, etc.
¿Qué tengo que hacer para registrar la marca de mi empresa?
Si quieres registrar la marca o el logotipo de tu empresa debes enviar un formulario de solicitud a la Oficina Española de Patentes y Marcas. En este formulario además de indicar los datos de la persona física o jurídica titular, deberás adjuntar la imagen y descripción de la marca a registrar, así como indicar el tipo de servicios o la categoría de productos que se relacionan con la marca, a través de una guía normalizada en la que se denominan como Clases.
Para el envío de este formulario será necesario que se justifique el pago de las tasas oportunas, ya que sin este pago, la solicitud no será examinada.
¿Qué hay que hacer para darse de alta como autónomo?
Darse de alta como autónomo implica una serie de trámites que variarán un poco en función de la actividad profesional a la que te vayas a dedicar. A nivel general deberás tramitar el alta en Hacienda (IAE, IRPF, IVA, inversiones previas al alta), en la Seguridad Social (alta en régimen de autónomos o RETA, la tarifa plana de 60 euros, bases de cotización, pluriactividad, formas de cotización), así como en otros organismos (licencia de apertura del Ayuntamiento, libro de visitas, registro de marcas, factura electrónica).


