Daños y perjuicios

Daños y perjuicios

El despacho García Blanca Abogados tenemos expertos en demandas por daños y perjuicios para representar a los trabajadores y pelear por defender sus derechos para obtener la mayor indemnización posible como consecuencia de cualquier daño físico, moral o patrimonial.

Si el empresario incumple sus obligaciones laborales el trabajador tiene derecho a reclamar una indemnización de daños y perjuicios en aquellos casos en los que no exista otra previsión normativa que genere derecho a alguna cantidad, como por ejemplo el despido.

El alcance del daño, su valoración, y los perjuicios pasados o futuros, constituyen elementos a tener en cuenta ante cualquier supuesto.

Casos en los que se puede reclamar por daños y perjuicios

Expertos en despidos, indemnizaciones, acoso laboral y reclamación de cantidades.

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Preguntas frecuentes

Para cobrar una  indemnización por daños y perjuicios tiene que existir un incumplimiento culpable de la obligación y que efectivamente se hayan producido una relación causal directa entre el incumplimiento y la producción de los daños.

Para iniciar la demanda, se necesita presentar pruebas, el acta de cierre de mediación y copia del DNI del actor, en Receptoría General de expedientes.

En el sentido patrimonial, el daño se refiere a una pérdida de patrimonio que se poseía y el perjuicio a la ganancia o beneficio esperado que se ha dejado de obtener como consecuencia del incumplimiento de una obligación.

La indemnización de perjuicios o indemnización por daños y perjuicios, consiste en la acción que tiene el acreedor o la víctima para exigir del deudor o causante del daño una cantidad de dinero equivalente a la utilidad o beneficio que a aquél le hubiese reportado el cumplimiento efectivo.

El daño moral es el dolor, la angustia, la aflicción física o espiritual, la humillación, y, en general, los padecimientos que se han infligido a la víctima.

Una vez se celebra el juicio, el juez dicta sentencia en unos 20 días. La sentencia puede apelarse, para lo cual hay un plazo de 20 días hábiles. Pasado ese tiempo, es firme.

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