<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>derechos de conciliación &#8211; Garcia Blanca Abogados</title>
	<atom:link href="https://garciablancaabogados.es/tag/derechos-de-conciliacion/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://garciablancaabogados.es</link>
	<description>Garcia Blanca Abogados despacho laboral</description>
	<lastBuildDate>Mon, 08 Jun 2020 18:48:06 +0000</lastBuildDate>
	<language>es</language>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=5.8.2</generator>
	<item>
		<title>Derechos de conciliación durante la situación de crisis sanitaria covid-19</title>
		<link>https://garciablancaabogados.es/derechos-de-conciliacion-durante-la-situacion-de-crisis-sanitaria-covid-19/</link>
					<comments>https://garciablancaabogados.es/derechos-de-conciliacion-durante-la-situacion-de-crisis-sanitaria-covid-19/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[ramon]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 25 May 2020 11:46:03 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[conciliación familiar]]></category>
		<category><![CDATA[derecho laboral]]></category>
		<category><![CDATA[abogado laboralista]]></category>
		<category><![CDATA[abogado laboralista albacete]]></category>
		<category><![CDATA[abogados]]></category>
		<category><![CDATA[adaptación]]></category>
		<category><![CDATA[covid-19]]></category>
		<category><![CDATA[covid19]]></category>
		<category><![CDATA[crisis]]></category>
		<category><![CDATA[crisis sanitaria]]></category>
		<category><![CDATA[derecho]]></category>
		<category><![CDATA[derechos de conciliación]]></category>
		<category><![CDATA[estado de alarma]]></category>
		<category><![CDATA[estado excepcional]]></category>
		<category><![CDATA[estatuto trabajadores]]></category>
		<category><![CDATA[medidas excepcionales]]></category>
		<category><![CDATA[medidas extraordinarias]]></category>
		<category><![CDATA[medidas urgentes]]></category>
		<category><![CDATA[perdidas económicas]]></category>
		<category><![CDATA[real decreto 8/2020]]></category>
		<category><![CDATA[real decreto ley]]></category>
		<category><![CDATA[reducción de]]></category>
		<category><![CDATA[situación económica]]></category>
		<category><![CDATA[trabajadores]]></category>
		<category><![CDATA[trabajadores afectados]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://garciablancaabogados.es/?p=195</guid>

					<description><![CDATA[<p>El Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social por el coronavirus regula los derechos de conciliación durante la situación de crisis sanitaria COVID-19. En este sentido, se fijan las condiciones en las que los empleados podrán disfrutar tanto de una adaptación de su jornada [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://garciablancaabogados.es/derechos-de-conciliacion-durante-la-situacion-de-crisis-sanitaria-covid-19/">Derechos de conciliación durante la situación de crisis sanitaria covid-19</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://garciablancaabogados.es">Garcia Blanca Abogados</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<section class="entry-content cf">El <strong>Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo</strong>, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social por el coronavirus regula los derechos de conciliación durante la situación de crisis sanitaria COVID-19.</section>
<section></section>
<section class="entry-content cf">En este sentido, se fijan las condiciones en las que los empleados podrán disfrutar tanto de una <strong>adaptación de su jornada de trabajo</strong> como de una <strong>reducción de la misma</strong>.Los trabajadores que <strong>acrediten deberes de cuidado respecto de su cónyuge o pareja de hecho, así como de familiares por consanguinidad hasta el segundo grado </strong>(Primer grado de consanguinidad: padres e hijos.</section>
<section></section>
<section></section>
<section></section>
<section class="entry-content cf">Segundo grado de consanguinidad: abuelos, hermanos y nietos), tendrán derecho a acceder a la adaptación de su jornada y/o a la reducción de la misma. En concreto, podrán hacer uso de dichos derechos en los siguientes <strong>supuestos</strong>:</section>
<section class="entry-content cf">
<ul>
<li>Cuando sea necesaria la presencia del empleado para la atención de alguna de las personas antes indicadas <strong>que,</strong> <strong>por razones de edad, enfermedad o discapacidad, necesite de cuidado personal y directo como consecuencia directa del COVID-19</strong>.</li>
<li>Cuando <strong>existan decisiones adoptadas por las autoridades gubernativas relacionadas con el COVID-19 que impliquen el cierre de centros educativos</strong> o de cualquier otra naturaleza que dispensaran cuidado o atención a la persona necesitada de los mismos.</li>
<li>Cuando <strong>la persona que hasta el momento se hubiera encargado del cuidado o asistencia directos del cónyuge o familiar hasta segundo grado del empleado no pudiera seguir haciéndolo por causas justificadas relacion</strong><strong>adas con el COVID-19</strong>.</li>
</ul>
<section>
<section>
<section><img loading="lazy" class="wp-image-220 size-entry_with_sidebar alignnone" src="http://garciablancaabogados.es/wp-content/uploads/2020/05/garcia-blanca-abogados-derechos-conciliacion-covid-845x321.jpg" alt="pareja apretandose las manos" width="845" height="321" /></section>
</section>
</section>
<p>Este derecho es individual de cada uno de los cuidadores, <strong>debiendo ser justificado, razonable y proporcionado, teniendo en cuenta las necesidades concretas de cuidado que debe dispensar la persona trabajadora, que han de ser acreditada, en relación con las necesidades de organización de la empresa</strong>, particularmente en el caso de que sean varios los trabajadores que acceden al derecho en la misma empresa. Estas medidas se limitan al período excepcional de duración del COVID-19.</p>
<h2><strong>¿En qué consisten la adaptación y la reducción de la jornada?</strong></h2>
<p>1) La <strong>adaptación de la jornada de trabajo</strong> es una prerrogativa cuya concreción inicial corresponde al trabajador, tanto en su alcance como en su contenido y <strong>se refiere a la distribución del tiempo de trabajo o a cualquier otro aspecto de las condiciones de trabajo, cuya alteración o ajuste permita que la persona pueda dispensar el cuidado a la persona necesitada</strong>. El ejercicio de este derecho no comporta una reducción del salario.</p>
<p><img loading="lazy" class="aligncenter wp-image-225 size-entry_with_sidebar" src="http://garciablancaabogados.es/wp-content/uploads/2020/05/garcia-blanca-abogados-acuerdo-empresa-trabajador-845x321.jpg" alt="acuerdo reducción de jornada" width="845" height="321" /></p>
<figure class="wp-block-pullquote"></figure>
<p>El propio RDLey reseña que <strong>la empresa y el trabajador deberán hacer lo posible por llegar a un acuerdo</strong>.</p>
<p>La adaptación de jornada puede consistir, entre otros, en cambios de turno, alteración del horario, implantación de un horario flexible, de jornada partida o continuada, cambios de centro de trabajo o de funciones, cambio en la forma de prestación del trabajo (incluyendo la prestación de trabajo a distancia), que permitan a los trabajadores poder dispensar la atención y cuidado de las personas que precisan del mismo.</p>
<p><strong>2)</strong> Se reconoce el derecho a una <strong>reducción de la jornada de trabajo</strong> en los supuestos previstos en el art. 37.6 ET (cuidado directo de menor de doce años, o de persona con discapacidad, o cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo), en relación con las tres situaciones consecuencia del COVID-19 descritas al inicio .</p>
<p><img loading="lazy" class="aligncenter wp-image-227 size-entry_with_sidebar" src="http://garciablancaabogados.es/wp-content/uploads/2020/05/garcia-blanca-abogados-reduccion-jornada-845x321.jpg" alt="reducción de jornada laboral y salario" width="845" height="321" /></p>
<p><strong>La reducción de jornada de trabajo implica la reducción proporcional del salario</strong>.</p>
<p>Se exige que la solicitud de la reducción se comunique a la empresa con 24 de horas de antelación a la fecha de efectividad, <strong>pudiendo alcanzar hasta un 100% de la jornada</strong> si esto resultase necesario.</p>
<p><strong>Respecto a las situaciones de adaptación y reducción de jornada anteriores al 18 de mayo,</strong> fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2020, los trabajadores podrán renunciar temporalmente a ellas o solicitar la modificación de los términos de su disfrute siempre que concurran los supuestos descritos al inicio, debiendo limitarse al período excepcional de la duración de la crisis sanitaria del COVID-19.</p>
<p>Reseñar que los eventuales conflictos que pudiesen derivarse de la solicitud estos derechos y de su aplicación se regularán por lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social. Modalidad procesal que al considerarse derechos de conciliación será de tramitación urgente.</p>
</section>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://garciablancaabogados.es/derechos-de-conciliacion-durante-la-situacion-de-crisis-sanitaria-covid-19/">Derechos de conciliación durante la situación de crisis sanitaria covid-19</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://garciablancaabogados.es">Garcia Blanca Abogados</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>https://garciablancaabogados.es/derechos-de-conciliacion-durante-la-situacion-de-crisis-sanitaria-covid-19/feed/</wfw:commentRss>
			<slash:comments>0</slash:comments>
		
		
			</item>
	</channel>
</rss>
